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Corporate Compliance

La Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio introdujo en nuestro ordenamiento la responsabilidad penal de las personas jurídicas, fruto tanto del incesante proceso de armonización internacional del Derecho Penal como de la sentida necesidad de dar una respuesta más eficaz al avance de la criminalidad empresarial, fundamentalmente en el marco de la delincuencia económica.

Esta profunda reforma dentro del orden penal nos acerca al marco legislativo internacional predominante, que no es otro que la instauración de modelos de prevención de riesgos penales dentro de la empresa. No se trata solo de la implantación de un programa de Compliance que atenúe o incluso exima de responsabilidad penal a aquellas empresas que puedan acreditar que han llevado a cabo un eficaz modelo de prevención de riesgos penales.

La Sociedad LLMadrid, S.L.P., cumple con todos los requisitos establecidos por la Ley en esta materia.